Quién hereda si no hay testamento
Seguramente ya sepa que existen dos formas distintas de recibir una herencia: con testamento o sin él. A este último tipo se las denomina sucesiones intestadas o ab intestato. Entonces ¿qué ocurre con los bienes del fallecido en estos casos? Nuestro equipo de abogados de herencias resuelve esta duda.
Todas las herencias deben tener un destinatario, porque así está establecido en nuestra legislación. Lógicamente cuando existe testamento es más fácil saber a quién irán a parar estos bienes, porque la voluntad del fallecido está plasmada en un documento. Cuando no existe tal documento se debe acudir a lo que dice la Ley.
Orden de sucesión y herencia de tíos a sobrinos
El orden de sucesión en que se heredarán los bienes es el siguiente:
- En primer lugar, hijos y descendientes;
- En segundo lugar, padres y ascendientes;
- En tercer lugar el cónyuge;
- En cuarto lugar los hermanos y sobrinos del fallecido;
- En quinto lugar los tíos del fallecido;
- En sexto lugar, el resto de parientes colaterales hasta el 4º grado (primos, tíos segundos, sobrinos segundos);
- A falta de todos ellos, hereda el Estado.
Hay que tener en cuenta que algunas Comunidades autónomas tienen un Derecho civil propio, lo cual se traduce en que pueden tener normas específicas en materia de herencias. Si este es su caso le invitamos a que nos lo comunique.
¿Cómo saber si hay testamento?
Muy importante: para saber si existe testamento deberemos acudir al Registro de Actos de Última Voluntad, llevando el Parte de defunción del fallecido. Durante este proceso es recomendable que nos asista un abogado, a fin de que sea más sencillo y de que podamos resolver nuestras dudas.
Contacte con nosotros.
En nuestro Despacho de Madrid tramitamos todo tipo de herencias y le ayudamos a redactar testamento, ya sea abierto, cerrado y ológrafo. Si quiere reunirse con nosotros le sugerimos que nos pida una cita previa por teléfono o internet, a fin de que la atención le sea más rápida y eficaz.